19 May 2009
Piden a presidente mexicano crear comité de protección
ARTICLE 19 Propone una Política Federal para la Prevención de Agresiones contra Periodistas y llama al Estado mexicano y al Presidente Felipe Calderón Hinojosa a establecer un comité para protección de periodistas y a implementar una estrategia que detenga los ataques contra periodistas y personas que trabajan en los medios.
ARTICLE 19 Propone una Política Federal para la Prevención de Agresiones contra Periodistas y llama al Estado mexicano y al Presidente Felipe Calderón
Hinojosa a establecer un comité para protección de periodistas y a implementar una estrategia que detenga los ataques contra periodistas y personas que trabajan en los medios.
La violencia hacia los y las periodistas no cesa, el número de casos en 2009 indican un crecimiento exponencial de incidentes que vulneran el ejercicio de la libertad de expresión en México. La autocensura como medida de autoprotección es cada vez más común y es resultado de la falta de acciones claras por parte del Estado para asegurar un contexto propicio para ejercer dicho derecho. Mientras que las agresiones cometidas por grupos del crimen organizado reciben mayor atención y cobertura, la información con base a la documentación de ARTICLE 19 demuestra que en la mayoría de los casos de agresión se presume la participación directa o directa de agentes estatales.
Durante febrero del 2009, México fue severamente cuestionado en materia de agresiones a periodistas, impunidad y acciones del Estado durante el Examen
Periódico Universal por los países miembros del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. El Estado mexicano tiene la obligación de prevenir, investigar y sancionar toda violación a los derechos humanos que tenga lugar bajo su jurisdicción.
En concordancia con el espíritu de la Declaración y Programa de Viena, Es indispensable que los Estados y las organizaciones internacionales, en cooperación con las organizaciones no gubernamentales, creen condiciones favorables, en los planos nacional, regional e internacional, para el disfrute pleno y efectivo de los derechos humanos. Los Estados deben eliminar todas las violaciones de los derechos humanos y sus causas, así como los obstáculos que se opongan a la realización de esos derechos.
El hecho de que México sea considerado actualmente uno de los países más peligros para ejercer el periodismo en Latinoamérica es una prueba de que las autoridades están fracasando en cumplir su obligación internacional de asegurar la plena realización de los derechos humanos tanto de manera individual como colectivamente.
ARTICLE 19 recopilo información de expertos y de la sociedad civil mexicana que fue incluida en la propuesta presentada a la Secretaría de Gobernación y al Secretaría de Seguridad Pública, dando como resultado la Propuesta de Trabajo para la instalación del Comité de Protección de Periodistas en México. Este documento pone énfasis en la necesidad urgente de establecer una política de prevención y protección para periodistas y personas que trabajan en los medios de comunicación.
La propuesta de ARTICLE 19 señala la necesidad de una cooperación y asistencia internacional más sólida, particularmente con países que han combatido exitosamente la violencia contra la prensa. Un buen ejemplo de esto es Colombia y su Programa de Protección a Periodistas y Comunicadores Sociales. De igual forma, la propuesta destaca la necesidad de diálogo y mayor involucramiento de los actores interesados, para discutir la situación actual, además del establecimiento de canales de comunicación con las contrapartes de Colombia que ayuden a fortalecer dicha instancia.
Particularmente, ARTICLE 19 hace un llamado a las autoridades a:
- Realizar un diagnóstico preciso a través de un proceso de consulta de los sectores interesados: Gobierno, periodistas y personas que trabajan en medios de comunicación, sociedad civil organizada y la academia.
- Facilitar un espacio de diálogo y discusión plural, incluyente y transparente.
- Contar con los suficientes recursos económicos, humanos y políticos para facilitar el proceso.
- Asegurar la participación adecuada de los medios de comunicación: comerciales, comunitarios, independientes, públicos, universitarios, indígenas y electrónicos.
- Inclusión de la comunidad internacional, organizaciones internacionales especializadas en el tema y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para que participen de manera activa en el proceso.
ARTICLE 19 también recomienda que el Gobierno mexicano establezca un comité para proteger periodistas. Para asegurar un impacto positivo, la instancia deberá:
- Gozar de autonomía técnica y de gestión.
- Contar con la participación activa y permanente de la sociedad civil.
- Contar con las facultades y presupuesto necesario para ofrecer medidas efectivas y expeditas de protección.
- Detallar reglas de operación claras, transparentes y con el espectro de protección más amplio posible.
- Establecer mecanismos de difusión proactiva de información sobre los trabajos y determinaciones del comité, de acuerdo a los estándares internacionales y constitucionales en la materia.
- Instrumentar de manera transversal las perspectivas étnicas y de género tanto la determinación de los casos como en la implementación de las medidas de protección dictadas.
ARTICLE 19 hace un llamado para que el gobierno federal, de acuerdo con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, asuma una posición clara y activa en la prevención de las recurrentes violaciones a la libertad de expresión que tienen lugar en el territorio mexicano. Su inacción y silencio alimenta la impunidad enviando el mensaje equivocado a los perpetradores.
ARTICLE 19 también hace un respetuoso llamado al C. Presidente, Lic. Felipe Calderón, para que gire las instrucciones necesaria para asegurar los recursos financieros para llevar acabo este indispensable proceso. Solo con políticas públicas efectivas y de prevención, el Estado podrá asegurar que el número de violaciones y víctimas serán cada vez menores en México.